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LAS MARCAS, nuestro capital en el
comercio internacional
Como hemos podido observar la
protección de nuestra marca es de gran importancia y trascendencia.
El valor económico y estratégico
de las marcas constituyen una gran parte de nuestro patrimonio, y es de suma
importancia protegerle adecuadamente.
En el momento de considerar la
exportación de nuestro producto, debemos asegurarnos el derecho exclusivo
de uso de nuestras marcas, lo que nos permitirá cambiar las vías de
comercialización de acuerdo a nuestra conveniencia, pudiendo además optar
por otorgar representaciones, distribuciones, licencias, franquicias, etc.
Antes de enviar la mercadería,
tendremos que efectuar una búsqueda de antecedentes de la marca que nos va
a distinguir, para no infringir derechos de terceros, y hacer el registro
correspondiente, para evitar la piratería de nuestro nombre.
Para exportar son preferibles las
marcas, CORTAS, DE FACIL PRONUNCIACION, SIN TRADUCCION, MIXTAS.
Lo ideal es poseer la misma marca en
todos los países, aunque no siempre es posible.
Para obtener una mejor protección
es aconsejable efectuar registros independientes, de las partes
denominativas, las etiquetas, envases, logotipos, combinación de colores,
etc.
En el caso de una copia parcial se
puede hacer valer el título de ese registro específico que se esta
infringiendo y si fuera una copia total, son válidos la totalidad de los
registros en su conjunto.
Otro factor a tener en cuenta es el
registro en los caracteres de los países que no utilizan nuestro alfabeto,
árabe, hebreo, japonés, etc.
Hay varios acuerdos internacionales
para la protección de la propiedad industrial e intelectual.
Uno de los más importantes es el
Convenio de París, del cual Argentina forma parte, y entre otras cosas,
establece, para todos los habitantes de los países miembros, trato
nacional, derechos de prioridad y normas comunes a todos.
Cada estado se obliga a dar a los
nacionales de los países miembro igual trato que a sus nacionales. Este
trato igualitario es muy importante para nuestro país, dado que las leyes
argentinas son muy amplias e igualitarias para nacionales y extranjeros, y
no siempre hay reciprocidad en este trato.
El derecho de prioridad establece
que con la fecha de presentación de la primera solicitud se podrá, dentro
del plazo fijado, solicitar igual protección en cualquier estado y se
considera como presentada el día de la primer solicitud. Este plazo es de 6
meses para marcas y modelos y diseños industriales, y de un año para
patentes de invención y modelo de utilidad.
Si bien se fija un principio de independencia en los
distintos países, los miembros del Convenio se obligan a dar protección a
las marcas notorias en los mismos. Esta norma es muy importante y esta
principalmente dirigida a evitar la piratería marcaria, y garantizar los
derechos de los titulares de las marcas válidamente registradas.
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